PS (25-04-13).- La Cámara de Senadores aprobó hoy el Proyecto de Ley que incorpora los tipos penales de avasallamiento de área minera en el Código Penal, y devolvió el proyecto con modificaciones a la Cámara de Diputados. Los senadores incorporaron privación de libertad a quienes compren ilegalmente recursos minerales que sean producto de avasallamiento.
El pleno del Senado, por más de dos tercios de votos, agregó al proyecto de ley el concepto de compra. Con esta inclusión, no solo se sancionará a los que “vendieren” los recursos minerales producto de avasallamiento, sino también a los que “compraren”.
La venta o compra ilegal de minerales tendrá una sanción penal de reclusión carcelaria de 3 a 6 años.
Por otra parte, la propuesta legal, aprobada en Diputados y que se mantuvo en Senado, señala: “El que por cualquier razón ocupare área minera mediante violencia, amenazas, engaño o cualquier otro medio, impidiendo el ejercicio de actividades mineras o desalojando derechos del Estado y/o a titulares de derechos mineros que se hallan en posesión legal del mismo, será sancionado con privación de libertad de 4 a 8 años”.
Con esta misma pena (4 a 8 de cárcel) se castigará a quienes exploten ilegalmente los recursos minerales “sin contar con autorización o derecho otorgado”.
El proyecto de ley crea tres tipos penales en el Código Penal: avasallamiento en área minera, explotación ilegal de recursos minerales y venta o compra ilegal de recursos minerales.
La Comisión de Justicia Plural del Senado, en su informe, deja en claro que los recursos naturales “son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano y corresponde al Estado su administración…”.
La actividad minera legal en los últimos años fue perjudicada por la ocupación física, por presión, violencia y amenazas de avasalladores.
Fuente: Prensa Senado
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