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jueves, 22 de mayo de 2014

Asamblea Legislativa rechaza disposición del TCP sobre Ley del Notariado

PS (21-05-14).- La presidenta en ejercicio de la Cámara de Senadores, Zonia Guardia, el senador Adolfo Mendoza y el presidente de la Cámara Baja, Marcelo Elío, rechazaron hoy la disposición de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, que deja en suspenso la Ley del Notariado, hasta que la demanda de admisión concluya.

Elío afirmó que la medida viola la Constitución Política del Estado (CPE) y la ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), entre otras normativas, además aseguró que la ciudadanía queda en total indefensión ante los trámites notariales que debe afrontar diariamente en todo el territorio nacional.

“La comisión de Admisión del Tribunal Constitucional tiene como misión admitir o rechazar una demanda, pero esta vez fue mucho más allá, con la medida de suspender la Ley del Notariado, mientras dure la demanda de admisión y todo lo que concierne a la constitucionalidad de esta ley”, dijo el Presidente de los diputados.

Por su parte, el senador por Cochabamba, Adolfo Mendoza expresó, “hay un principio que es el de la presunción de constitucionalidad de toda ley y cuando en una admisión se suspende el cumplimiento de una norma, se atenta contra dicho principio, lo que es peor si esto se repitiese en cada una de las leyes, estaríamos atentando contra toda institucionalidad”.

También, Mendoza adelantó que las comisiones de diputados y senadores referentes al tema en cuestión se reunirán para analizar y establecer las vías que seguirán para refutar la decisión del TCP.

Fuente: Prensa Senado

viernes, 24 de enero de 2014

Admiten proyecto de Estatuto Departamental de Cochabamba

LT (24-01-14).- El presidente, secretario y primer vicepresidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba anunciaron ayer la admisión del proyecto del Estatuto Autonómico Departamental y, por consiguiente, el inicio de la revisión a detalle del documento.

“El Tribunal Constitucional ha emitido el Auto Constitucional por la admisión del Estatuto Autonómico Departamental de Cochabamba. En este documento se analiza el cumplimiento de requisitos exigidos para aprobar un estatuto y luego del análisis, se admitió la solicitud de control de constitucionalidad”, señaló la primera vicepresidenta de la asamblea, Soledad Delgadillo.

El documento fue entregado por el presidente de la Asamblea, Juan Carlos Noé al presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, José Flores Monterrey, el 11 de diciembre de 2013, en un acto oficial, realizado en Sucre.

Seis meses

La revisión de constitucionalidad de cada artículo del proyecto tomará aproximadamente seis meses. Una vez conocidas las observaciones, si las hubiera, Delgadillo sostuvo que la Asamblea realizaría las modificaciones rápidamente para agilizar el proceso.

Posteriormente, es el Tribunal Electoral Departamental quien debe convocar a referéndum autonómico, para aprobar el estatuto en el que han trabajado los asambleístas cochabambinos, señaló.

Fuente: Los Tiempos

jueves, 5 de diciembre de 2013

Raqaypampa entrega su estatuto autonómico al TCP

Ana (4-12-13).- Dirigentes del Consejo de Autonomía Indígena Originaria Campesina de Raqaypampa llegaron hoy hasta la sede del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en Sucre, para encomendar la revisión constitucional de los contenidos de la norma autonómica.

En el acto desarrollado en los ambientes del TCP las autoridades de Raqaypampa hicieron conocer el proceso de construcción de la norma autonómica que tiene importantes propuestas de gestión de desarrollo para la autonomía indígena.

Enfatizaron el carácter participativo del proceso, incluso del tiempo dedicado a consolidar el Estatuto respetando la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización y otras normas vigentes.

El presidente del Consejo Autonómico, Gualberto Albarracín, destacó el trabajo realizado de manera colectiva con todos los dirigentes de Raqaypampa. “Estamos muy contentos de llegar hasta el Tribunal y entregarles nuestro Estatuto para que ustedes puedan hacer el control constitucional”, dijo la autoridad originaria a los magistrados presentes.

Clemente Rodríguez, encargado de apoyo técnico, manifestó su complacencia por llegar hasta el TCP. “Estamos ejerciendo ya el autogobierno, por ejemplo cambiar el sistema educativo a las características de la región, el calendario educativo al calendario agrícola, los contenidos de enseñanza adecuados a la vivencia del pueblo”, dijo Rodríguez haciendo notar que la autonomía para Raqaypampa será para mejorar la calidad de vida del pueblo.

El Consejo Autonómico de Raqaypampa fue la instancia deliberativa que durante el proceso de construcción del Estatuto Autonómico logró recoger las propuestas, organizar y sistematizar los contenidos y finalmente compatibilizar con la CPE, la Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización y demás leyes.

El presidente interino del Tribunal Constitucional, magistrado Efrén Choque, manifestó que la misión del TCP es hacer el control constitucional al documento que se entregó. “Valoraremos la gran cultura de Raqaypampa”, manifestó Choque, exaltando el esfuerzo de todos los presentes de llegar a esta institución constitucional.

Fuente: ANA

miércoles, 4 de diciembre de 2013

Senado decide consultar al TCP dos proyectos de delimitación municipal y uno de creación de municipio

PS (4-12-13).- El pleno de la Cámara de Senadores decidió remitir en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), dos proyectos de ley de delimitación municipal y otro de creación de un municipio indígena.

Los proyectos de ley de delimitación del municipio son: uno de Puerto Suárez, de la provincia Los Andes del departamento de La Paz, y otro sobre la delimitación con el municipio de Independencia de la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba. Otra de las normas en consulta es la creación del municipio de San Pedro de Macha del departamento de Potosí.

De acuerdo al Código Procesal Constitucional y la Constitución Política del Estado, la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías del Senado, recomendó remitir a la máxima instancia judicial para que pueda estudiar su constitucionalidad o no de dichas normas antes de su tratamiento en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

“Va a ir en consulta porque ese fue su tratamiento comenzado con una ley (Unidades Político Administrativas) que ha caducado (…), sin embargo, por una norma resulta casi irracional que los pueblos pueden ser perjudicados en sus intereses y para poder proceder se solicitó al TCP la autorización para seguir adelante”, explicó la senadora Rhina Aguirre, presidenta de la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías.

Por otra parte, la legisladora informó que “tres de las siete solicitudes de pueblos originarios, quieren regularizar su situación en el marco de la Ley de Autonomías”, para poder constituirse en nuevas unidades territoriales.

Luego que el Tribunal Constitucional evalué la norma, remitirá a la Cámara de Senadores para su respectivo tratamiento.

Fuente: Prensa Senado

martes, 24 de septiembre de 2013

Rojas califica de irresponsables las declaraciones de magistrado Cusi

PS (23-09-13).- El Secretario del Comité de Justicia Plural y Consejo de la Magistratura, senador Eugenio Rojas, calificó de “irresponsables” las afirmaciones vertidas por el magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Gualberto Cusi, en sentido de que hubo manipulación en la declaración del TCP acerca de la Ley de Aplicación Normativa.

“Irresponsables las declaraciones de Cusi, está atacando a su propia institución, que lo arreglen internamente, nosotros no podemos meternos, es un órgano independiente, hay que respetar a la institución y para eso es el debate interno, (…) nunca había escuchado una autoridad a ese nivel”, manifestó Rojas.

La declaración constitucional sobre la Ley de Aplicación Normativa confirmó la constitucionalidad de la candidatura a una nueva reelección del presidente del Estado, Evo Morales, y del vicepresidente, Álvaro García Linera en los comicios de 2014.

Ruddy Flores, presidente del TCP, indicó que el actual Órgano Ejecutivo boliviano está dentro del marco de un nuevo Estado, por lo que, el próximo año, el binomio Morales-García está habilitado para las nuevas elecciones presidenciales.

Fuente: Prensa Senado

martes, 23 de julio de 2013

Gabriela Montaño: no existe ningún proyecto de ley sobre el aborto en la Asamblea Legislativa

PS (23-07-13).- La presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño, aclaró que “en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), no existe actualmente ningún proyecto de ley que tenga que ver con el tema del aborto” y aseguró que no es un asunto que forme parte de la agenda legislativa.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) analiza la figura de inconstitucionalidad planteada por una diputada, contra tres artículos del Código Penal que podría despenalizar el aborto.

La autoridad legislativa señaló que “es en esa instancia (el TCP) en la que se está debatiendo ese tema y no en la ALP, como se ha afirmado”.

Con respecto a las opiniones personales, afirmó que “merecen todo el respeto, pero que se tendrán que debatir de manera conjunta y colectiva al interior de la Bancada del MAS en su momento”.

Montaño aseguró que en la reunión de la bancada de asambleístas del MAS, realizada hoy por la mañana en la Vicepresidencia, no se debatió el tema del aborto, más bien se acordó la agenda inmediata de ambas cámaras.

Fuente: Prensa Senado

miércoles, 12 de junio de 2013

Cocapata: El Tribunal Constitucional Plurinacional emite el primer Control Constitucional de una Carta Orgánica Municipal

Ana (11-06-13).- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ha emitido el primer control de constitucionalidad de la Carta Orgánica Municipal (COM) del municipio de Cocapata, de la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba, declarando la compatibilidad constitucional del 85% de los artículos de dicha norma básica. Esta declaración de constitucionalidad se constituye en la primera que emite el TCP, después de un año de ingresado el proyecto de COM del municipio de Cocapata.

En conferencia de prensa, el presidente del TCP, Rudy Flores, anunció los resultados del control constitucional realizados a este documento autonómico y dijo que sólo “el 15 por ciento están con observaciones que generarían elementos de incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, las mismas que podrán ser subsanadas y corregidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Cocapata”.

El municipio de Cocapata se encuentra en la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba, es considerado como la 3ª sección municipal y fue creado por Ley N° 4007 el 6 de febrero del 2009.

El 17 de mayo de 2012, el presidente del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cocapata, Martín Rocha Mejía remitió el proyecto de la Carta Orgánica Municipal (COM) del referido municipio en mérito al art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE) que establece que cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de estatuto o carta orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción.

Flores, por su parte, sostuvo que tras las enmiendas solicitadas a la COM de Cocapata, “se emitirá una Declaración Constitucional Plurinacional que haga referencia única y exclusivamente a los artículos que han sido declarados inconstitucionales”.

Flores también explicó cómo será el procedimiento de subsanación por parte de los municipios: “Se tiene que observar los elementos que el Tribunal Constitucional ha desarrollado para determinar que no son compatibles constitucionalmente y una vez que se hayan hecho los ajustes correspondientes volverán a ser remitidos al Tribunal Constitucional y éste se pronunciará únicamente respecto a esos quince artículos por que el resto, los 85 ya han sido declarados constitucionales”.

El Presidente del Tribunal también anuncio que el TCP notificara en las próximas semanas sobre el control constitucional al departamento de Pando y a las cinco autonomías indígenas originarias campesinas (AIOC) que presentaron los estatutos autonómicos al TCP.

Rudy Flores manifestó que “se ha establecido una estrategia, en materia de autonomía, en el Tribunal Constitucional y está previsto, que hasta septiembre del presente año se van a aprobar más de 25 estatutos y cartas orgánicas, de esa forma estamos con el proceso de compatibilización, exhortar a los gobiernos departamentales trabajen sus estatutos autonómicos, porque son los instrumentos que van a permitir desarrollar las elecciones para construir las entidades territoriales autónomas”.

Los artículos que han sido observados como inconstitucionales:
  • Se han establecido competencias asignadas al nivel central del Estado y en algún caso a los gobiernos autónomos departamentales. Por ejemplo la administración del catastro rural, que de acuerdo a la CPE es competencia exclusiva del nivel central del Estado (Art. 298.II.22)
  • Se han establecido mandatos en los cuales no se aprecia la separación e independencia de los órganos de las entidades territoriales autónomas, principio constitucional establecido en el art. 12 de la CPE, refrendado por el Art. 12 de la LMAD.
  • Se advierte también, que el hecho de que el TCP no se pronuncie contrariamente a los límites establecidos en el proyecto de Carta Orgánica, no significa de ninguna manera que se estén constitucionalizando los mismos. Si el municipio tuviere conflictos de límites tendrá que sanearlos de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley N° 339, Ley de Delimitación de Unidades Territoriales.
  • Finalmente, se debe considerar que se está frente de una construcción de una autonomía plural que debe tomar en cuenta los principios ético morales establecidos en el art. 8 de la CPE.”, señala parte de la declaración.
Fuente: ANA

martes, 14 de mayo de 2013

Arce asegura que por primera vez se debate una ley certificada en su constitucionalidad

PD (14-05-13).- El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Héctor Arce, aseguró el martes que por primera vez se debate una ley certificada en su constitucionalidad.

Al inicio del debate del proyecto de ley, que habilita al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García Linera para las elecciones de 2014, Arce afirmó que es la primera vez que en Bolivia se debate una ley consultada en el Tribunal Constitucional.

'Esta es la primera vez que se trata, considera y en su caso aprobar una norma certificada en su constitucionalidad', fundamentó.

Recordó que Bolivia es uno de los países que optó por el sistema de control concentrado de constitucionalidad, que es una teoría nueva y revolucionaria dentro del sistema democrático mundial, que data de hace 100 años, y que ha sido implementada por varios países en el mundo para controlar a sus congresos o asambleas legislativas.

'Si ustedes analizan palabra por palabra, letra por letra la ley, nosotros no interpretamos la Constitución, nosotros aplicamos la Constitución creando normas, por eso esta ley se llama Ley de Aplicación Normativa', afirmó.

Asimismo, consideró que se trata de un Proyecto de Ley con un 'tema simple y sencillo', pero estrictamente basado en derecho y que se ha repetido en diferentes países.

'En otras naciones donde hubo un proceso re fundacional de Estado, a través de un proceso de Asamblea Constituyente Originario, donde algo viejo muere y algo nuevo nace, el Nuevo Estado emerge con nuevas reglas y la nueva constitución marca el inicio de un Estado naciente', justificó.

El legislador del MAS aseguró que la actual constitución boliviana en vigencia marcó una fecha de corte, que reemplazó a la antigua Constitución, y esa fecha de corte selló un antes y un después, en la vida del Estado y la sociedad.

'Esta no es una realidad que nos hayamos inventado los bolivianos, esto es lo que pasó en Venezuela, pasó en su momento en Argentina y hace poco en Ecuador, donde hubo un gobierno con la constitución antigua y se puso en vigencia una nueva constitución que cortó el periodo constitucional de gobiernos, como ocurrió en dichos países y se hace una nueva elección en base a la nueva constitución, lo que ocurre en la actualidad en nuestro país', argumentó.

Arce recalcó que la Constitución boliviana vigente fue redactada con la participación del pueblo y refrendada con el voto popular por primera vez en la historia boliviana tras la redacción de más de 17 constituciones.

Fuente: Prensa Diputados

martes, 7 de mayo de 2013

Legislativo analiza si denunciará o renegociará los tratados internacionales

Anf (7-05-13).- El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Senadores, Adolfo Mendoza, afirmó este martes que la Asamblea Legislativa revisará si denuncia o renegocia los tratados internacionales que contradigan a la Constitución Política del Estado (CPE) antes de diciembre de este año como establece la disposición transitoria novena de la Carta Magna.

El senador del MAS Adolfo Mendoza explicó que la consulta enviada al Tribunal Constitucional sobre la Ley de Aplicación Normativa, implicaba a aquellos tratados y convenios considerados incompatibles con la Constitución son los que pueden ser demandados y denunciados por Bolivia y aquellos que no se consideren que son incompatibles con la Constitución formarán parte del bloque de constitucionalidad y no necesitarán demandados o denunciados.

Por su parte, la diputada del MAS, Rebeca Delgado, tras una evaluación sobre el Tratado de 1904, recomendó que este sea denunciado por ser contrario a la Constitución Política del Estado, respecto al derecho marítimo que tienen los bolivianos, sin embargo deja esta decisión en manos del Legislativo.

El diputado del MAS, Javier Zabaleta, considera que la denuncia o renegociación del tratado de 1904 debe ser analizado por la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima (Diremar). “(Ellos) nos va informar cual va ser la posición oficial de Bolivia sobre el tratado de 1904, decide el país pero es de forma coordinada “, señaló.

Fuente: ANF

Senado aprueba Ley de Aplicación Normativa

PS (6-05-13).- La Cámara de Senadores aprobó, la noche del lunes, en un intenso debate, el Proyecto de Ley de Aplicación Normativa que cuenta con cuatro preceptos constitucionales, entre ellos, la reelección del presidente y vicepresidente del Estado Plurinacional.

La norma pasó a la Cámara de Diputados para su revisión y promulgación, si no hay modificación al proyecto de ley.

El debate entre senadores del Movimiento al Socialismo (MAS) y Convergencia Nacional (CN) se centró en relación a la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 003/2013 de 25 de abril de 2013, que resolvió declarar constitucional la reelección del presidente y vicepresidente del Estado.

El presidente de la Comisión de Constitución, Adolfo Mendoza, explicó los cuatro preceptos constitucionales consultados al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), y defendió que todos son importantes.

El titular de dicha Comisión informó que esta instancia legislativa del Senado hizo dos cambios, como resultado de la consulta al Tribunal Constitucional: eliminó el artículo 5 (referido al Presupuesto General del Estado) y modificó el artículo 1 (Objeto de la Ley).

Mendoza afirmó que la habilitación del presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García a una nueva candidatura en las elecciones generales de 2014 es constitucional.

“El artículo 168 de la Constitución establece la posibilidad de esta reelección; pero necesitábamos esta declaración de constitucionalidad para cerrar absolutamente todo el debate y que ya no quede ningún tipo de dudas respecto de la posibilidad de la reelección del presidente y del vicepresidente”, afirmó.

Por su parte, el senador Marcelo Antezana, jefe de bancada de Convergencia Nacional, igual que sus colegas de partido, ratificó que la habilitación Morales y García es inconstitucional.

En el debate, el senador Adolfo Mendoza denunció que la oposición empezó una estrategia de “guerra de baja intensidad” para desconocer los resultados de las elecciones de 2014, igual que en Venezuela.

“Me preocupa que se esté abriendo el inicio de una estrategia que sigue los conceptos básicos de la lectura imperialista de la guerra de baja intensidad, se empieza a cuestionar el Tribunal Constitucional, (luego) vamos a ver como empieza a cuestionar al Tribunal Supremo Electoral, para cuestionar a quien sea electo por voto popular en las elecciones de 2014, a lo (Enrique) Capriles, desconocer los resultados y decir que no se vive en democracia”, afirmó.

Mendoza acusó a la oposición de mentir y tener “desconocimiento de las instituciones en democracia” en Bolivia.

“Lo único que hacen es sostener la mentira en vez de hacer política, es sostener la confusión en vez de orientar, es sostener caprichos en vez de actitud democrática, es sostener lo insostenible con tal negar la institucionalidad más básica del país”, aseveró.

Respecto a este punto, la senadora Rhina Aguirre, presidenta de la Comisión de Organización del Estado, acotó que la oposición intenta crear una “magistral confusión”.

Y el senador René Martínez, presidente de la Comisión de Seguridad del Estado, dijo que la oposición quiere dar un “veto político” al presidente y vicepresidente, al ver que son el binomio de la “fórmula ganadora”.

Los preceptos constitucionales que resolvió el Tribunal Constitucional Plurinacional son: El Control Administrativo de Justicia por parte del Consejo de la Magistratura; la elección del Contralor General del Estado; la reelección del Presidente y Vicepresidente del Estado; el término de consideración del Presupuesto General del Estado en la Asamblea Legislativa; y sobre los tratados internacionales anteriores a la Constitución Política del Estado.

Fuente: Prensa Senado

lunes, 6 de mayo de 2013

Comisión del Senado aprueba proyecto de ley que viabiliza la repostulación de Evo Morales y Álvaro García Linera

LR (3-05-13).- La Comisión de Constitución de la Cámara de Senadores aprobó hoy 'en grande' y 'en detalle' el Proyecto de Ley de Aplicación Normativa que contiene la consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre la repostulación del presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera para los comicios generales de diciembre de 2014, según informó el presidente de esa instancia, el senador Adolfo Mendoza.

El proyecto de Ley fue aprobado con dos modificaciones que respondieron a la determinación del TCP de declarar constitucionales cuatro de los cinco preceptos que estaban contenidos en el documento de seis artículos.

El precepto referido al Presupuesto General del Estado -contenido en el artículo quinto- fue retirado al haber sido declarado inconstitucional por el tribunal, lo que obligó a los miembros de la Comisión de Constitución a modificar el primer artículo referido al objeto de la ley.

"Ha sido aprobado el proyecto de ley y va a ser remitido al pleno de la Cámara de Senadores para su tratamiento. Existen dos modificaciones, la primera en el artículo primero del objeto de la ley, en tanto se habla de cinco preceptos y con una modificación establecida en el artículo quinto, como la Declaración Constitucional Plurinacional determina la inconstitucionalidad del artículo quinto, éste ha sido eliminado", informó Mendoza a la ANF.

Con estas modificaciones, el proyecto de ley pasa al pleno de la Cámara de Senadores para que se apruebe con el objetivo de establecer "el correcto ámbito de validez" de cuatro preceptos constitucionales referidos a: la reelección del presidente y vicepresidente, el Consejo de la Magistratura, la elección del Contralor General del Estado y Tratados Internacionales.

Reelección del presidente y vicepresidente

Luego de que el Tribunal declarara constitucional la reelección del presidente Morales y del vicepresidente García Linera, la Comisión decidió que el artículo cuarto del proyecto de ley, referido a este punto, quede sin modificaciones.

El artículo cuarto hace referencia al parágrafo II de la disposición transitoria primera de la Constitución, que señala que "los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones".

Pero el proyecto de ley señala que esta disposición es aplicable "a las autoridades que después del 22 de enero de 2010 continuaron ejerciendo cargos públicos, sin nueva elección, designación o nombramiento".

Sobre el punto, la declaración del Tribunal Constitucional estableció que Morales y García Linera están habilitados para la reelección el 2014, porque el periodo de Gobierno 2010-2015 es el primero en el marco de la nueva Constitución Política del Estado, que refundó el país cuando fue aprobada el 2009.

"Según la declaración constitucional plurinacional el artículo cuarto tiene absoluta validez, luego de haberse revisado el control de constitucionalidad, teniendo en cuenta que es un artículo que se refiere a la parte orgánica de la Constitución", dijo Mendoza.

El jefe de bancada de Convergencia Nacional (CN) en el Senado, Marcelo Antezana, miembro de la Comisión de Constitución, objetó la aprobación de este proyecto de ley, pues sostiene que el presidente Morales cumple actualmente su segundo mandato, lo que le prohíbe ir a un tercero el 2014.

Fuente: La Razon

jueves, 2 de mayo de 2013

MAS: Sentencia del TCP es vinculante, no hay instancia de apelación internacional

PS (30-04-13).- La Bancada del Movimiento al Socialismo (MAS) en la Cámara de Senadores, hoy (martes) en conferencia de prensa, afirmó que la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre la primera reelección del presidente del Estado “es de cumplimiento obligatorio y no hay la posibilidad de hacer apelaciones a nivel internacional”, afirmó el jefe de bancada Eugenio Rojas Apaza.

Y el senador René Martínez, presidente de la Comisión de Seguridad, explicó que no hay antecedentes de que un Tribunal pueda “impedir o forzar un veto político de participación” de algún candidato constitucional.

Rojas explicó que el proyecto de Ley de Aplicación Normativa fue remitido al Tribunal Constitucional para asegurar “su correcta aplicación” en el país. En ese sentido, rechazó que la propuesta normativa hubiese sido interpretada por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

La Cámara de Senadores está a la espera de la resolución del TCP, para iniciar su tratamiento en la Comisión y en el pleno de senadores, se estima que esto ocurra la próxima semana.

“La bancada va a agilizar la aprobación y garantizar que su aplicación sea correcta”, informó el jefe de bancada del MAS. Y agregó que el presidente Evo Morales “va a ser habilitado para su primera reelección de acuerdo a la Constitución Política del Estado”.

Por su lado, su colega René Martínez afirmó que con la respuesta institucional del Tribunal Constitucional Plurinacional, “hay viabilidad constitucional” de ser posible la reelección del presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García.

“La actual elección de nuestro presidente constitucional en el marco de esta Constitución es la primera gestión, porque es presidente constitucional del Estado Plurinacional”, afirmó.

La senadora Marcelina Chávez, tercera secretaría del Senado, afirmó que todas las acciones legislativas son regidas por la Constitución Política del Estado y pidió al pueblo boliviano unidad en ese marco.

Fuente: Prensa Senado

lunes, 29 de abril de 2013

TCP declara constitucional reelección de Morales y García Linera

Abi (29-04-13).- El Tribunal Constitucional Plurinacional anunció el lunes que la reelección del presidente Evo Morales y del vicepresidente Álvaro García Linera en las elecciones de 2014 es constitucional.

En una conferencia de prensa, el presidente del TCP, Ruddy Flores, afirmó que ese fin 'no transgrede la Constitución Política del Estado'.

'Los siete magistrados han conformado sala plena, de forma unánime han determinado la constitucionalidad del proyecto de ley respecto al artículo cuarto', dijo.

El Senado envió en febrero al TCP una consulta previa para aprobar la Ley de Aplicación de Normativa, que en su artículo cuarto establece la reelección del Presidente y Vicepresidente el 2014.

Texto íntegro de la resolución

Fuente: ABI

martes, 2 de abril de 2013

Presentan Proyecto de Ley de Gobiernos Locales

Erbol (2-04-13).- El Proyecto de Ley de Gobiernos Locales ya está concluido y próximamente ingresará a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su análisis y aprobación, informó Gonzalo Vargas Rivas, Viceministro de Autonomías Departamentales y Municipales. Explicó que la nueva norma reemplazará a la actual Ley de Municipalidades.

“El Ministerio de Autonomía elaboró una propuesta de Ley de Gobiernos Locales que ya va a entrar a la Asamblea Legislativa Plurinacional para reemplazar la Ley 2028 de Municipalidades, que es el paraguas que estaba sosteniendo la normatividad, el procedimiento de acción de los municipios. Será esta nueva norma la que pueda permitirles una labor hasta que cuenten con su carta orgánica municipal”, manifestó el funcionario a radio Pío XII de Erbol.

En Bolivia, de los 337 municipios, sólo 19 han presentado cartas orgánicas para su revisión en el Tribunal Constitucional, mientras que unas 60 alcaldías hasta el momento no han iniciado siquiera el esbozo, señaló.

“Hay 19 cartas orgánicas que han sido ya concluidas y están en el Tribunal Constitucional, hay más de 260 municipios que están en proceso de elaboración de sus cartas orgánicas; sólo 60 no han comenzado todavía su elaboración. Para el caso de los departamentos que iban a la adecuación, Pando ya ha concluido sus estatuto autonómico”, expresó Vargas.

El Viceministro dijo que se espera que el Tribunal Constitucional inicie la revisión de los documentos autonómicos entregados, dado que fue concluida la impugnación de la Ley de Autonomías, que estancaba el proceso, donde fueron impugnados cuatro artículos.

Fuente: Erbol

miércoles, 27 de febrero de 2013

Evo se presentará con 'candidatura constitucional' en elecciones de 2014

PS (27-02-13).- El presidente Evo Morales Ayma y Álvaro García Linera podrán presentarse “con candidaturas constitucionales” a la primera reelección en los comicios generales de 2014, aseguró hoy la presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño.

“El presidente está totalmente habilitado constitucionalmente, el presidente y vicepresidente, estamos seguros, podrán presentarse con candidaturas constitucionales y legales en la próximas elecciones generales”, declaró.

Respecto a las interpretaciones de la oposición a la reelección de Evo Morales, Montaño señaló que los actores políticos de la derecha lo que hicieron “en su momento, fue chantajear, no al presidente Evo Morales, sino al país, pero ese chantaje no tiene resultado constitucional que restrinja la posibilidad de que el Presidente se presente a elecciones”.

La titular del Senado aclaró que se presentó el proyecto de Ley de Aplicación Normativa ante el Tribunal Constitucional Plurinacional para consulta previa de constitucionalidad “porque nuevamente la oposición quiere generar incertidumbre en relación a este tema: nosotros no lo vamos a permitir. Creemos que una manera de generar certeza será la vía institucional del pronunciamiento del Tribunal Constitucional”, manifestó.

Por su parte, el senador del MAS, Julio Salazar, señaló que la campaña para buscar la reelección estará basada en la información de gestión y los resultados.

“La mejor manera de hacer campaña es explicar los resultados del proceso de cambio en temas económicos, sociales, sobre los beneficios, decir la verdad al pueblo boliviano”.

El VII Congreso del Movimiento Al Socialismo (MAS) de Cochabamba proclamó el lunes al binomio Evo Morales y Álvaro García candidatos para las elecciones de 2014, y se puso como meta lograr más de 70% de la votación.

Fuente: Prensa Senado

lunes, 18 de febrero de 2013

Gabriela Montaño: la reelección de Evo Morales está habilitada constitucionalmente

PS (15-02-13).- La presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño Viaña, afirmó que el presidente del Estado Plurinacional, Evo Morales Ayma, está habilitado constitucionalmente para presentarse a la reelección presidencial en las próximas elecciones generales.

“El presidente Evo Morales está habilitado para la reelección, puesto que la Disposición Transitoria (Primera, parágrafo II de la Constitución Política) solamente se aplica para aquellas autoridades que hayan sido electas posteriores a la promulgación de la Constitución Política del Estado”.

“Este mecanismo de plantear la reelección del presidente y del vicepresidente es en resguardo absoluto de la democracia”, explicó Montaño.

Agregó que “no se está planteando prórroga del mandato ni nada por el estilo. Lo que se está planteando es ir a elecciones y que el pueblo tenga certeza que la reelección del presidente y vicepresidente es absolutamente constitucional”.

La senadora afirmó que el liderazgo del presidente Evo Morales tiene mucha vigencia actual y seguirá teniendo el 2014, este hecho hace que algunos legisladores opositores manifiesten “terror” sobre la posible reelección.

“Entendemos que (la reelección) es un tema importante para la población, pero lo que me ha sorprendido de la oposición es el gran temor que tiene a la posibilidad de reelección del presidente Evo Morales”, aseguró.

Por otra parte, Montaño desmintió otras versiones de legisladores de oposición, en sentido de que se habría incumplido los procedimientos en el tratamiento del presente proyecto de Ley de Aplicación Normativa.

La presidenta señaló que la Cámara de Senadores cumplió “con todos los procedimientos reglamentarios y legales”, los cuales fueron claros y regulares. En la sesión de hoy no hubo dispensación de trámite ni tratamiento del proyecto de ley, lo que se hizo fue solamente enviar con voto de dos tercios de votos del Senado, conforme a lo que manda el Código Procesal Constitucional, al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para consulta previa de constitucionalidad.

“Hoy solo se debatió si se consultaba o no al Tribunal Constitucional, el tratamiento del proyecto de ley está parado en la Comisión de Constitución hasta que el TCP se pronuncie”, dijo.

Informó que la determinación de elevar el proyecto de ley al control constitucional previo se dio ante otras acciones de oposición de plantear la inconstitucionalidad de muchas leyes y dudar de la constitucionalidad de la reelección de los primeros mandatarios.

Finalmente, dijo que la oposición pareciera que desconoce los procedimientos legislativos, eso se debe a “que no está acostumbrado a hacer seguimiento al trabajo legislativo”.

El proyecto de ley ingresó a la Cámara de Senadores y fue remitido a la Comisión de Constitución el pasado 6 de febrero.

Fuente: Prensa Senado

viernes, 15 de febrero de 2013

Senado envía a consulta constitucional reelección del Presidente y Vicepresidente y otros 5 preceptos

PS (15-02-13).- El pleno del Senado aprobó con más de dos tercios de votos la solicitud de senadores oficialistas de enviar a consulta al Tribunal Constitucional, antes de su tratamiento en la Cámara Alta, el Proyecto de Ley de Aplicación Normativa de cinco preceptos constitucionales, entre ellos, la reelección del Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional.

Este proyecto de ley entró al pleno el pasado 6 de febrero y fue remitido a la Comisión de Constitución, cumpliendo el conducto regular que exige el Reglamento de la Cámara de Senadores. A partir de entonces, estaba disponible para la consulta de cualquier senadora o senador.

El senador Marcelo Antezana, jefe de bancada de la oposición, argumentó que “el título de esta ley (Ley de Aplicación Normativa) no dice nada”, para justificar el hecho de que ningún senador opositor le haya hecho seguimiento a este proyecto.

Esta consulta constitucional se aprobó mediante una Resolución Camaral, en aplicación a lo establecido en los Artículos 111, 112 y 113 de la Ley 254 del Código Procesal Constitucional, que determina que para que un proyecto de ley sea sometido a esta consulta previa constitucional, se debe aprobar su envío al Tribunal con más de dos tercios de votos.

Además, “de conformidad al Artículo 113 del Código Procesal Constitucional, se suspende el tratamiento de aprobación del Proyecto de Ley”, hasta tener una respuesta a la consulta constitucional. De acuerdo al senador René Martínez, el Tribunal Constitucional tiene dos meses de plazo para responder.

Los otros preceptos que se solicita enviar a consulta constitucional son: El Control Administrativo de Justicia por parte del Consejo de la Magistratura; la elección del Contralor General del Estado; la reelección del Presidente y Vicepresidente del Estado; el término de consideración del Presupuesto General del Estado en la Asamblea Legislativa; y sobre los tratados internacionales anteriores a la Constitución Política del Estado.

Fuente: Prensa Senado

viernes, 29 de junio de 2012

Adolfo Mendoza: Consenso para consulta en el TIPNIS debe realizarse mediante la democracia comunitaria

Abi (29-06-12).- El senador por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Adolfo Mendoza, dijo el viernes que el consenso para el proceso de consulta a los habitantes de los pueblos del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) debe realizarse mediante la democracia comunitaria, enmarcada en los usos y costumbres de las comunidades de ese parque nacional.

El legislador explicó que la democracia comunitaria se enmarca en el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que declara "constitucional" a la consulta para la construcción o no de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos, por ese parque nacional, pero previo a un acuerdo sobre en el contenido y el procedimiento de ese proceso, que es rechazado por la IX marcha de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (Cidob).

"Hay una diferencia sustancial entre la figura del consenso a partir de mecanismos de democracia representativa y la figura del consenso a partir de democracia intercultural, democracia comunitaria. En la democracia comunitaria, el consenso se construye a partir de las normas y los procedimientos propios, en este caso de los pueblos del TIPNIS con el Estado", manifestó.

Mendoza sostuvo que para realizar ese proceso los indígenas tienen "claro" cómo construyen sus consensos, ya sea mediante una asamblea, un cabildo o un espacio de deliberación "no de voto", en la que se emite una resolución que detalla los acuerdos.

"No hay voto, no es una cuestión de mayoría, de dos tercios o figuras parecidas, sino es el carácter del consenso", subrayó.

En esa dirección, Mendoza instó a los corregidores de las 63 comunidades del TIPNIS a iniciar el diálogo con el Gobierno para consolidar la consulta como una "nueva institucionalidad en democracia".

Indicó que el consenso deberá ser alcanzado por los representantes de los tres pueblos del TIPNIS, trinitarios-mojeños, yuracarés y chimanes, que habitan las 63 comunidades de esa reserva natural.

"Es necesario que ellos con base en sus normas y procedimientos y con la presencia del Estado se pongan de acuerdo en los alcances del protocolo, tomando en cuenta la sentencia constitucional y la Ley 222", manifestó.

Precisó que el objetivo de ese consenso es encontrar la "guía" para realización de la consulta o el protocolo, por lo que consideró a ese procedimiento como una "condición básica" que debe tomar su tiempo.

En ese marco, el legislador llamó a las partes a avanzar en la aplicación de la sentencia del TCP, que es de cumplimiento obligatorio, enmarcada en la Constitución Política del Estado y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

"No podemos apelar en términos normativos a otra instancia, no puede haber otra resolución, entonces en algún momento los actores en conflicto se tienen que sentar para que el proceso de la consulta fluya", dijo.

Consultado sobre el escenario de la concertación, Mendoza consideró que se debe realizar en la ciudad de La Paz con la participación de los 63 corregidores del Tipnis, para lo que el Estado debería brindar los mecanismos logísticos necesarios a fin de generar las condiciones del diálogo.

Fuente: ABI

miércoles, 20 de junio de 2012

Tribunal declara Constitucional ley 222, pero pide consenso con indígenas


PO (19-06-12).- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró constitucional la ley 222, aprobada por el gobierno del MAS por exigencia del Consejo Indígena del Sur (Conisur), pero aclaró que esa sentencia es condicionada al acuerdo que deben llegar entre el Poder Ejecutivo y las comunidades indígenas.

La decisión judicial de ocho páginas fue dada a conocer en la ciudad de Sucre, donde se dio lectura a las resoluciones emitidas por el Tribunal sobre dos recursos de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 180 de protección al Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) y la Ley 222 de Consulta.

Según el reporte de la radio Aclo de la Red Erbol, la determinación del Tribunal declara constitucional y condicionada de algunos artículos cuestionados de la Ley 222; mientras aclara que la Ley 180 no puede ser materializada de inmediato porque sus efectos se encuentran supeditados a la realización de la consulta.

El 27 de febrero, el Movimiento Sin Miedo (MSM) presentó ante el TCP una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 222 de Consulta. Un día después, el Movimiento Al Socialismo (MAS) hizo lo mismo contra la Ley 180 de Protección del TIPNIS.

La Ley 180 prohíbe la construcción de carreteras en el TIPNIS; y la Ley 222 propone consultar a los pueblos indígenas sobre la construcción, por el parque, de la polémica carretera entre Villa Tunari-San Ignacio de Moxos.

Resumen de las resoluciones del TCP
  • Declarar improcedente la acción de inconstitucional abstracta formulada por Miguel Ángel Luis Morales y Sonia Guardia Melgar, diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, respecto a los artículos 1,3 y 4 de la Ley 180.
  • Declarar la constitucionalidad del artículo primero de la Ley 222, en cuanto la presente ley tiene por objeto convocar al proceso de consulta previa libre e informada a los pueblos indígenas del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) y del artículo 7 de la Ley 222.
  • Declarar la constitucionalidad condicionada del artículo primero en cuanto a la frase “establecer el contenido de este proceso y sus procedimientos” y de los artículos 3 y 4, inciso a; 6 y 9 de la Ley 222 condicionada a su concertación, observando los razonamientos de la presente sentencia.
  • Declarar improcedente la acción de inconstitucional abstracta formulada respecto al artículo 8 de la Ley 222.
  • Instar a los pueblos indígena originario campesinos habitantes del TIPNIS a que en el ejercicio de sus derechos y deberes y con el objeto de materializar los mismos, coadyuven con su participación a entablar un diálogo con el Estado, a objeto de asumir los acuerdos necesarios para efectivizar la consulta, propiciando para ello al interior de sus comunidades, un proceso de concertación en el que se establezcan sus prioridades respecto al proceso en sí de consulta, las cuales se verán reflejadas al momento de desarrollarse el diálogo entre partes
  • Exhortar a la Asamblea Legislativa Plurinacional a ser coadyuvante en la facilitación de la concertación en la configuración posterior de los acuerdos asumidos.
  • El Órgano Ejecutivo, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y en resguardo de los derechos de los pueblos indígena originario campesinos, debe propiciar y facilitar el diálogo necesario con dichos pueblos, a objeto de que a partir de la concertación, no sólo se desarrolle la consulta, sino que también se concreten todos los planes y proyectos; no sean únicamente de dichos pueblos, sino también involucren el interés nacional.
  • La Ley 180, por efecto de la Ley 222, no puede ser materializada de manera inmediata ya que sus efectos se encuentran supeditados a la realización de la consulta, además su naturaleza, objeto y alcance, (deben ser) definidos conjuntamente al Estado y los pueblos indígena originario campesinos en los términos de buena fe y concertación ya referidos.
Fuente: Opinion

viernes, 15 de junio de 2012

Código Procesal Constitucional vuelve a Diputados para su reconsideración


PS (14-06-12).- La sesión plenaria de la Cámara de Senadores aprobó hoy, en detalle y con modificaciones, el Código Procesal Constitucional que regula pasos para presentar acciones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). El instrumento legal fue devuelto a la Cámara de origen, Diputados, para su reconsideración.

“Habiéndose aprobado en sus dos estaciones, en grande y detalle, y habiendo modificaciones en esta Cámara revisora, devuélvase a la Cámara de Diputados, con modificaciones”, ordenó la presidenta del Senado Gabriela Montaño.

El Código que reglamenta los procesos constitucionales ante el TCP y las acciones de defensa ante juezas, jueces y tribunales competentes, fue aprobado por más de dos tercios de votos de senadoras y senadores.

En los procedimientos ante juezas, jueces y tribunales en acciones de defensa, según el artículo 29, “la acción de libertad podrá presentarse en forma oral” y el secretario del juzgado o tribunal realizará un acta de la relación de los hechos que justifiquen la acción. Esto no excluye que la interposición de la acción se realice en forma escrita.

La norma dispone que para la presentación de la acción de libertad, “la parte accionante no requerirá de la asistencia de abogada o abogado”.

Por otra parte, señala que en la acción de defensa, “la jueza, juez o tribunal, a petición de la parte accionante, le designará defensor público cuando no esté asistida por abogada o abogado particular”.

El Código señala que el TCP, antes de pronunciar resolución, podrá señalar audiencia pública para que en el proceso constitucional, las partes fundamenten la pertinencia de sus pretensiones. La audiencia concluirá sin ningún pronunciamiento sobre el fondo de la causa.

Las acciones de inconstitucionalidad tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos y todo género de ordenanzas o resoluciones no judiciales que sean contrarios a la Constitución Política del Estado.

La Ley crea la Academia Plurinacional de Estudios Constitucionales, dependiente del Tribunal Constitucional Plurinacional, destinada al estudio e investigación en materia constitucional.

Fuente: Prensa Senado