martes, 28 de junio de 2011

Asamblea Legislativa sanciona Ley que busca sacar el masticado de la hoja de coca de la lista de estupefacientes de la ONU

PS (28-06-11).- Luego que la Cámara de Diputados aprobó la anterior semana la Ley que denuncia al artículo 49 de la Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961, la Cámara de Senadores sancionó hoy esta norma que tiene el objetivo de sacar el masticado de la hoja de coca de la lista de estupefacientes de la Organización de Naciones Unidas (ONU).

Cumplida con los procedimientos establecidos para la aprobación de leyes en ambas cámaras legislativas, el presidente del Senado, René Martínez, remitió al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

El titular de la Cámara Alta, René Martínez, aclaró que “la observación que se está haciendo es solo al artículo 49 de la Convención Única de 1961 —donde la masticación de la hoja de coca está siendo considerada o confundiéndose con conceptos de estupefacientes— y no así al resto de la Convención como se estaba malinterpretando”.

Mientras el senador por PPB Convergencia, Germán Antelo, dijo que con esta decisión hay riesgo que se incremente el narcotráfico y coca excedentaria en el país: “Yo dejo constancia de mi reserva y mi temor de que pueda incrementarse el asunto de narcotráfico o la coca excedentaria, etc., etc., a nivel nacional y nos pueda traer una muy mala imagen, peor de la que tenemos en este tema digamos a nivel internacional”, estimó.

Este augurio fue rechazado por el presidente del Senado, René Martínez: “No se está hablando de ninguna otra intencionalidad de no luchar contra el narcotráfico. Esta aprobación en la Asamblea Legislativa Plurinacional no implica ningún abandono o retiro de la Convención de Viena como se había distorsionado en algunos medios de comunicación”, dijo.

El senador por el MAS, Adolfo Mendoza explicó: “la idea es que Bolivia necesita presentar hasta el 1 de julio de 2011 la retirada de Bolivia de la Convención, porque de otra manera no se podría habilitar una cláusula de reserva y no es posible generar un espacio internacional de discusión de una modificación mayor de la Convención”.

“Lo que nos interesa es que (el masticado de la hoja de coca) salga de la lista de estupefacientes, ese es el objetivo fundamental que se está buscando”, afirmó.

El canciller del Estado, David Choquehuanca, cuando argumentó en la Cámara de Diputados sobre la decisión tomada por el Gobierno boliviano, encontró contradicciones en la Convención, porque “una convención dice que no podemos practicar el masticado de la hoja de coca y la misma convención dice que sí podemos practicar donde exista evidencia histórica”.

PROYECTO DE LEY Nº 0392/2011-2012
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL, DECRETA:

Artículo Único.

I. De conformidad con el Artículo 260 de la Constitución Política del Estado se aprueba la determinación del Órgano Ejecutivo de denunciar la "Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961 enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes", antes del 1 de Julio del 2011.

II. El 1 de enero del 2012 el Órgano Ejecutivo solicitará su adhesión a la "Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961 enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes", presentando de manera simultánea una reserva sobre el Artículo 49 numerales 1 inciso c) y 2 inciso e), vinculados al Artículo 26, de conformidad al Artículo 384 de la Constitución Política del Estado, que incluya la preservación del masticado (acullico) de la hoja de coca y este en concordancia con la reserva presentada el 10 de Julio de 1990 a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988.

III. El Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de su Constitución Política del Estado, cumplirá plenamente con los términos acordados en la "Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961 enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes", hasta que entre en vigencia la nueva adhesión.

IV. Una vez concluido el proceso de adhesión y reserva, el Órgano Ejecutivo remitirá la "Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961 enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes" y la respectiva reserva a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su ratificación de conformidad con el Artículo 158 inciso 14 de la Constitución Política del Estado.

Fuente: Prensa Senado

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