Anf (18-12-12).- En su Artículo 26, Financiamiento sistema de transporte férreo en el tramo Montero Bulo Bulo, la Ley N°137 o Ley Financial aprueba la autorización para que el Ministerio de Economía, a través del Tesoro General de la Nación, contraiga un crédito con el Banco Central de Bolivia (BCB) por 1.044 millones de bolivianos para financiar la construcción del transporte férreo Montero-Bulo Bulo.
El artículo establece que se trata de un “crédito extraordinario en condiciones concesionales, para lo cual se exceptúa al Banco Central de Bolivia de la aplicación de los Artículos 22 y 23 de la Ley del Banco Central de Bolivia N°1670 de 31 de octubre de 1995”. De la misma manera, “se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, la constitución de las garantías necesarias de respaldo que requiera el contrato de préstamo respectivo”.
Fuente: ANF
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