PS (27-11-12).- El pleno de senadores, por unanimidad, aprobó la despenalización del derecho a la huelga y la protección del fuero sindical en materia penal.
La aprobación del proyecto de ley implica la modificación del artículo 232 del Código Penal que define la privación de libertad de 1 a 8 años a aquella persona que impida o entorpezca el desarrollo normal del trabajo y la exención de toda responsabilidad para la o el dirigente que defiende los intereses laborales de su sector.
“La exclusión del artículo 234 del Código Penal, beneficia las luchas reivindicativas de los trabajadores, es un beneficio que ha sido redactado y exigido por la Central Obrera Boliviana”, sostuvo el senador Eugenio Rojas.
El derecho a la huelga es uno de los derechos de segunda generación, reconocido por la mayoría de los ordenamientos jurídicos internos y en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La Constitución Política del Estado, en su artículo 53, garantiza el derecho a la huelga como el ejercicio de la facultad legal de los y las trabajadores de suspender labores en defensa de sus derechos de acuerdo a ley. Asimismo el artículo 51, establece la protección de los dirigentes del fuero sindical.
Del mismo modo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ratificado por nuestro país, establece al derecho del trabajo y al derecho de la huelga.
La huelga es la suspensión colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores con el fin de reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo o manifestarse en contra de recortes en los derechos sociales.
El proyecto de ley aprobado en grande y detalle, consta de 3 artículos, y una disposición final, y fue remitido al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Fuente: Prensa Senado
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