viernes, 15 de febrero de 2013

Senado envía a consulta constitucional reelección del Presidente y Vicepresidente y otros 5 preceptos

PS (15-02-13).- El pleno del Senado aprobó con más de dos tercios de votos la solicitud de senadores oficialistas de enviar a consulta al Tribunal Constitucional, antes de su tratamiento en la Cámara Alta, el Proyecto de Ley de Aplicación Normativa de cinco preceptos constitucionales, entre ellos, la reelección del Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional.

Este proyecto de ley entró al pleno el pasado 6 de febrero y fue remitido a la Comisión de Constitución, cumpliendo el conducto regular que exige el Reglamento de la Cámara de Senadores. A partir de entonces, estaba disponible para la consulta de cualquier senadora o senador.

El senador Marcelo Antezana, jefe de bancada de la oposición, argumentó que “el título de esta ley (Ley de Aplicación Normativa) no dice nada”, para justificar el hecho de que ningún senador opositor le haya hecho seguimiento a este proyecto.

Esta consulta constitucional se aprobó mediante una Resolución Camaral, en aplicación a lo establecido en los Artículos 111, 112 y 113 de la Ley 254 del Código Procesal Constitucional, que determina que para que un proyecto de ley sea sometido a esta consulta previa constitucional, se debe aprobar su envío al Tribunal con más de dos tercios de votos.

Además, “de conformidad al Artículo 113 del Código Procesal Constitucional, se suspende el tratamiento de aprobación del Proyecto de Ley”, hasta tener una respuesta a la consulta constitucional. De acuerdo al senador René Martínez, el Tribunal Constitucional tiene dos meses de plazo para responder.

Los otros preceptos que se solicita enviar a consulta constitucional son: El Control Administrativo de Justicia por parte del Consejo de la Magistratura; la elección del Contralor General del Estado; la reelección del Presidente y Vicepresidente del Estado; el término de consideración del Presupuesto General del Estado en la Asamblea Legislativa; y sobre los tratados internacionales anteriores a la Constitución Política del Estado.

Fuente: Prensa Senado

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