Anf (23-02-13).- La Comisión de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Senadores aprobó este sábado en grande y en detalle, y con modificaciones, el Proyecto de Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.
El presidente de la Comisión de Constitución, Adolfo Mendoza (MAS), dio a conocer que entre las modificaciones que se hicieron al proyecto, una se refiere a la sanción de hasta 8 años de cárcel para quienes cometan el delito de Homicidio por Emoción Violenta.
“En el delito de Homicidio por Emoción Violenta se establecía una sanción de reclusión de 1 a 6 años, luego se agravaba la pena de 2 a 8 años en determinados casos; la propuesta de la Comisión es subir la sanción, que ya no sea de 1 a 6 años, sino de 2 a 8 años para todos los casos”, precisó, a tiempo de indicar que se hicieron cuatro modificaciones al proyecto.
De acuerdo a un comunicado de la Cámara de Diputados, la primera modificación se hizo al artículo 25, donde se introdujo la necesidad de trabajar el tema de casas de acogida y refugio temporal a partir de acuerdos y convenios intergubernamentales, por ejemplo, entre un Gobierno Municipal Autónomo y un Gobierno Departamental Autónomo o entre un Gobierno Municipal y el Gobierno Central.
Además, en este artículo se incluye acuerdos interinstitucionales entre fundaciones, ONG´s que contribuyen con casas de acogida y refugio temporal, y trabajan actualmente con municipios y gobernaciones.
La segunda modificación es respecto a los servicios integrales: “El problema de competencia se refiere a adopción de medidas cautelares, esto no es competencia de los municipios, entonces se sugiere eliminar el punto de medidas cautelares, y simplemente quedarse con medidas provisionales y de protección inmediata”, explicó Mendoza.
La tercera observación se hizo al artículo 83, se modificó el artículo 254 del Código Penal, referente a Homicidio por Emoción Violenta, que elevó la sanción para el que cometiere ese delito con reclusión de 2 a 8 años. Según el senador Mendoza, el delito hace mención a aquellas personas que mataran a un ascendiente, un descendiente, un cónyuge o conviviente.
La cuarta modificación es al artículo 90 (delitos de orden público), se consideró que su caracterización podría llevar confusiones o contradicciones normativas. Para evitar eso “la propuesta es que todos los delitos contemplados en esta Ley sean considerados como delitos de acción pública”, informó.
El proyecto de ley fue remitido al pleno de la Cámara de Senadores para su tratamiento, que se tiene previsto que inicie el lunes desde las 15:00 horas. En esta sesión se debatirá las sugerencias propuestas por la Comisión y si se está de acuerdo, se incorporará las modificaciones o, en su caso, aumentará incluso otras. Si se acepta las modificaciones, se remitirá el proyecto nuevamente a Diputados para su reconsideración, caso contrario, se sancionará y enviará al Ejecutivo para su promulgación.
Fuente: Opinion
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