lunes, 11 de octubre de 2010

Senado sanciona Ley que reformula PGE 2010 por Bs 8.137.429.692

Prensa Senado (08-10-10).- El pleno de la Cámara de Senadores sancionó el viernes la Ley Nº 867 que modifica el Presupuesto General del Estado (PGE) 2010 por un importe total agregado de 8.137.429.962 bolivianos y un consolidado de 5.484.610.122 bolivianos, para el fortalecimiento de empresas públicas, seguridad alimentaria y políticas sociales.

Tras la aprobación el presidente de esa instancia legislativa, René Martínez (MAS), ordenó su remisión al Órgano Ejecutivo para que el mandatario Evo Morales lo promulgue en el curso de las siguientes horas.

El titular de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara Alta, David Sánchez, explicó que la nueva norma tiene el objetivo de fortalecer la demanda interna incrementando programas de gasto y políticas de inversión pública, por la captación de mayores ingresos públicos.

Además, de reducir el déficit fiscal programado y de cumplir con los objetivos y metas previstos en el Plan Nacional de Desarrollo, planes sectoriales, institucionales y planes de las entidades territoriales autónomas, a través de los cuales, se establecen parámetros de uso y destino de los recursos públicos.

Sánchez explicó que los nuevos recursos son para el cumplimiento de los objetivos de gestión de las entidades públicas y para fortalecer la industrialización del país a través de créditos concesionales otorgados por el Banco Central de Bolivia (BCB) a la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos (EBIH) y la Empresa Azucarera San Buenaventura (EASBA).

Además, que las modificaciones al Presupuesto General del Estado 2010 permitirán dinamizar la economía nacional y garantizar la ejecución de las actividades planificadas por las entidades públicas, en el marco de las prioridades del Gobierno, contempladas en el Plan Nacional de Desarrollo.

La nueva norma que consta de 23 artículos, disposiciones abrogatorias y derogatorias, en su artículo siete, autoriza el crédito de 5.715.400.000 bolivianos a ENDE, en condiciones concesionales, para inversiones productivas o realizar aportes de capital a sus empresas subsidiarias.

En tanto que la empresa San Buenaventura se beneficia con un crédito de hasta 1.254.600 bolivianos, en condiciones concesionales, para la concreción de proyectos productivos.

Para la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos la reformulada Ley Financial establece un crédito extraordinario de 2.091.000 bolivianos, en condiciones concesionales, para el financiamiento de proyectos de hidrocarburos y revolución de recursos que le fueron transferidos a través de Decreto Supremo.

Además, la Ley autoriza al Ministerio de Economía Finanzas Públicas otorgar un incremento del dos por ciento de subvención ordinaria a la gestión 2010 para las universidades públicas del país, excepto la universidad Pública de El Alto (UPEA), la Universidad Nacional Siglo XX y la Universidad Amazónica de Pando, las que se beneficiarán con un 6.7 por ciento, cada una.

El artículo 16, referido a inversiones de las reservas internacionales del Banco Central de Bolivia, autoriza la transferencia de recursos provenientes de las inversiones de las reservas internacionales en 2010, para el financiamiento de programas sociales impulsados por el Gobierno a solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas.

El 17 extingue la deuda de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana en Liquidación con el Tesoro General de la Nación. Entre tanto no concluya ese proceso el Ministerio de Finanzas continuará debitando las cuotas correspondientes al TGN, conforme estable el Decreto Supremo Nº 26848, del 20 de noviembre de 2002.

Finalmente el artículo 18 autoriza al Órgano Ejecutivo transferir recurso público en efectivo, especie e inversiones productivas a organizaciones-económico productivo, a organizaciones territoriales, organizaciones privadas sin fines de lucro, a organizaciones indígena originaria campesina y a personas naturales con el objetivo de estimular la actividad de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva, educación, salud y vivienda en el marco de Plan Nacional de Desarrollo y Planes Sectoriales.

Fuente: Prensa Senado

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