jueves, 23 de septiembre de 2010

Presentación de los textos ordenados de Saneamiento Legislativo‏

Prensa Senado (22-09-10).- La Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, con el apoyo de la Cooperación Técnica Alemana GTZ, mediante el programa de Fortalecimiento a la Concertación y Estado de Derecho (CONCED), llevo a cabo el “Programa de Saneamiento Legislativo”, que tuvo como objetivo la depuración de las leyes del Estado desde 1825 hasta 2009, para contribuir a la seguridad jurídica del país.

La entrega de estas leyes a los presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, compiladas en 18 tomos, se realizó la noche de este miércoles en instalaciones de la Vicepresidencia, con la presencia de autoridades nacionales y la cooperación internacional.

En sus orígenes el programa de saneamiento legislativo fue concebido con el propósito de contribuir a la seguridad jurídica del país. La dispersión de normas, la aprobación de las mismas sin la necesaria sistematización e integración con el ordenamiento jurídico, la irresponsabilidad de los legisladores en el proceso de definición de abrogaciones y derogaciones, contribuyeron a tener un conjunto de leyes con contradicciones, vacios y posibilidades de múltiples interpretaciones; por ende los administradores de la ley y ciudadanos (as) en general tienen dificultades en el cumplimiento de los mandatos legislativos.

Una de los factores determinantes para que esa realidad desaparezca o, por lo menos, minimice sus efectos negativos es el efectuar un saneamiento legislativo, entendido como el proceso de depuración de leyes a fin de determinar con claridad qué disposiciones están vigentes y cuáles no lo están. Dicho proceso, aparentemente sencillo, es extremadamente complejo en atención a que la tradición legislativa boliviana obvió precisar el detalle de qué normas se abrogaban y cuáles se derogaban a tiempo de aprobar una nueva disposición legislativa; aspecto que obliga a los promotores del saneamiento a actuar con prudencia y máxima experticia en la precisión de abrogaciones y derogaciones implícitas o tácitas.

Se pretende que al final del proceso, todas las personas puedan tener certeza de qué deben hacer o no hacer y en qué forma deben cumplir sus obligaciones, así como tener la precisión de sus derechos y de cómo reclamarlos.

Sin embargo, el saneamiento legislativo no sólo contribuye a la seguridad jurídica en el plano antes señalado. En las condiciones actuales de vigencia de una nueva Constitución Política del Estado han aparecido otras ventajas para sostener y fortalecer el saneamiento legislativo:

1. La ultractividad de las leyes, entendida como la aplicación de disposiciones legales luego de su pérdida de vigencia, hará que en Bolivia todas las situaciones que han sido constituidas en la vigencia plena de las mismas se sigan regulando por ellas aún aprobándose nuevos regímenes legislativos a partir de la Constitución Política del Estado.

Por esa razón se precisa tener plena seguridad de qué normas estaban vigentes y cuáles no lo estaban antes de la aprobación de nuevos regímenes normativos.

2. La aprobación de las leyes de desarrollo de los preceptos constitucionales debe erradicar la perniciosa costumbre de no especificar qué disposiciones se están dejando sin vigencia. El no hacerlo mantendrá la actual contaminación normativa con todos sus efectos negativos.

Para eliminar este problema es necesario que la Asamblea Legislativa Plurinacional cuente con todas las normas identificadas en su vigencia para que al aprobar nuevos regímenes fije con precisión aquello que está eliminando del sistema jurídico.

3. Un tercer elemento que acredita la valía de un proceso de saneamiento legislativo en el actual contexto legislativo boliviano es aquel que se produce en cualquier ordenamiento jurídico, más aún en Bolivia donde no siempre la tarea legislativa se ha asumido con responsabilidad, y consiste en que al aprobar una nueva disposición legal se descuidan ciertos aspectos de la vida efectiva de las personas en sociedad, situación comúnmente denominada como “vacío normativo”. En atención al principio denominado “plenitud del ordenamiento jurídico” ningún administrador de la ley u operador de justicia puede negar la atención de un requerimiento ciudadano con el pretexto de inexistencia de ley; aspecto que los obliga a revisar el conjunto de disposiciones vigentes y, en su caso no vigentes, para encontrar una vía de solución al problema que les es presentado.

En esas circunstancias es imprescindible la evidencia efectiva y permanente de las leyes bolivianas debidamente saneadas.

La abrogación y derogación de las leyes de manera genérica no siempre constituyen la extinción total de los efectos de las mismas; sólo en la medida de la precisión derogatoria o abrogatoria se consigue la certeza de la muerte normativa.

Continuación del programa

Se ha concluido con la fase del programa relacionada con el saneamiento de las leyes de 1825 a 2009, produciéndose textos ordenados de las leyes más relevantes. Sin embargo, ese trabajo debe completarse con el saneamiento de los decretos supremos que, en ese periodo, han sido aprobados. Esta segunda parte es por demás importante en atención a que los decretos supremos hacen operativos los preceptos legislativos.

La seguridad que el programa pueda brindar acerca de las disposiciones vigentes o no vigentes, tanto en el rango de leyes como en el de decretos supremos, hará mucho más efectiva la producción legislativa, en esos dos órdenes, tanto por la Asamblea Legislativa Plurinacional como por el Órgano Ejecutivo.

Sostenibilidad del programa

A fin de que la tarea de saneamiento sea cerrado como una acción relativa a disposiciones legales del pasado y se inaugure un proceso permanente de registro y actualización de leyes, es importante organizar y mantener una oficina especializada en dicha tarea y encargada de registrar toda disposición legal que vaya a ser sancionada, promulgada y publicada, así como encargarse de registrar las abrogaciones y derogaciones que, como efecto de su puesta en vigencia, sean producidas. Una acción permanente de esas características impedirá que a futuro deban realizarse nuevos procesos de saneamiento y, esencialmente, brindará información segura y oportuna a los legisladores como a los usuarios de la legislación.
 
Fuente: Prensa Senado

2 comentarios:

  1. Hola, me parece muy interesante el proyecto,
    y este programa cuando se lo presenta en cochabamba? y ¿tendremos acceso a esa compilacion las personas interesadas? ¿como?

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  2. El CD se presenta oficialmente en la llajta este 4 de noviembre a hrs. 19:00 en el Club Social (Plaza Colon)

    Ver para la presentacion en otras ciudades:

    http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/noticia/mid/471/code/201011032/Default.aspx

    Saludos fraternos.

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