Abi (15-04-12).- El Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos en Bolivia, Dennis Racicot, aseguró el domingo que la ley Marco de Consulta y consentimiento previo, libre e informado a las naciones indígenas es una forma legal para alcanzar acuerdos y favorece la participación de los derechos de los pueblos indígenas.
"(La Ley marco de consulta previa) es un procedimiento para ver de forma legal los acuerdos, y que sea para favorecer la participación en la consulta o participación de los pueblos indígenas es un elemento fundamental, que participan en sus derechos eso es lo fundamental", sostuvo en entrevista con medios estatales.
En el país, los diferentes actores sociales y legislativos elaboran un proyecto de ley Marco de Consulta, luego de que el presidente Evo Morales pusiera de manifiesto la necesidad de contar con una legislación al respecto.
En ese contexto, personalidades y expertos de las Naciones Unidas brindan un asesoramiento y más que eso transmiten sus experiencias en este ámbito a las organizaciones sociales, asambleístas plurinacionales y otros involucrados en la temática, en lo que se denominó "Jornadas" para informar sobre el significado "real" de la consulta previa.
Racicot dijo que el proceso de la consulta debe realizarse en consenso con los representantes de los pueblos indígenas que se sientan afectados por la implementación de alguna medida gubernamental o privada.
"Los pueblos indígenas del país tienen ya a nivel local estructuras, también a nivel regional, a nivel departamental y también a nivel nacional", complementó.
Además, aseguró que el objetivo de tener una ley marco de consulta es "normalizar" un procedimiento que permita solucionar todos los problemas que pueden nacer, tras iniciativas gubernamentales o privadas.
Consideró importante subrayar el principio de "buena fe" que tiene que primar en este proceso para llegar a consentimientos que satisfagan a todos los sectores interesados.
A su juicio, el proyecto de la ley Marco de Consulta debería basarse en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado por Bolivia en 1990.
Fuente: ABI