PS (18-12-13).- La Cámara de Senadores sancionó este miércoles, el Proyecto de Ley 585/2013-2014, que aprueba el contrato de préstamo para la ejecución del proyecto de rehabilitación de la autopista La Paz - El Alto, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
El objetivo del préstamo es financiar este proyecto para mejorar las condiciones de tránsito y de seguridad vial de la autopista La Paz - El Alto, a través de la rehabilitación y mejora de la vía. De esta forma, reducir los costos de operación vehicular y tiempos de viaje, los costos de mantenimiento y los niveles de accidentes.
Por otro lado, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que serían contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo.
El mejoramiento de la autopista La Paz-El Alto tendrá un costo de 35 millones de dólares, de los cuales 29.38 millones se invertirán en obras civiles y seguridad vial, 2.63 millones en administración y supervisión, y 2.99 millones en contingencias.
La norma establece que dentro del financiamiento de las obras civiles y seguridad vial están contempladas la rehabilitación de los 10.6 kilómetros de dos carriles, más una berma por sentido de marcha, la berma tendrá las mismas especificaciones técnicas de un carril y funcionaria en el futuro como un tercer carril.
Adicionalmente se realizará la reconstrucción del sistema de drenaje, la renovación de instalaciones eléctricas y el sistema de iluminación, entre otros.
Sobre las medidas de seguridad vial se implementará la construcción de paraderos, nuevas pasarelas peatonales, mejoras a accesos, puentes y distribuidores de tráfico vehicular, señalización, vallado, reductores de velocidad y paradas de emergencia.
La Constitución Política del Estado (CPE) en el artículo 298, parágrafo ii, numeral 9 establece: “Planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental”.
La norma fue sancionada y remitida la Órgano Ejecutivo para su posterior promulgación.
Fuente: Prensa Senado
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