PS (13-02-14).- El pleno de la Cámara de Senadores aprobó la modificación de los artículos 8 y 2 de la “Ley Nº 337 de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques”. Las modificaciones de esta norma extienden a un plazo de 12 meses, para el caso de medianas propiedades y empresas agropecuarias en proceso de saneamiento que se encuentren en etapa de campo y no cuenten con resolución final de saneamiento emitido.
Asimismo esta Ley se aplicará a beneficiarios de predios titulados por el Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, de predios en proceso de saneamiento o sin sanear en los que existan desmontes sin autorización; y que se encuentren en las siguientes situaciones:
Predios que no cuenten con proceso administrativo sancionatorio, predios que cuenten con proceso administrativo sancionatorio en curso o con resolución administrativa Sancionatoria emitida.
Predios que cuenten con Resolución Administrativa Sancionatoria Ejecutoriada cuyas sanciones económicas sean o hubieren sido cumplidas en las condiciones dispuestas por la indicada resolución, asumiendo por lo demás el régimen establecido en la presente Ley.
Predios que cuenten con Resolución Administrativa Sancionatoria en etapa de impugnación en la vía administrativa en los que el beneficiario se haya acogido voluntariamente a los alcances de la presente ley, acreditando ante la autoridad que conozca el recurso el Registro al Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques, a fin de que ésta disponga la suspensión de la vía de impugnación administrativa, en tanto se cumplan los alcances del Programa.
Una vez aprobada la norma en sus estaciones grande y detalle fue remitida a la Cámara de Diputados para su posterior tratamiento.
Foto: David Ozkoidi
Fuente: Prensa Senado
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