jueves, 5 de julio de 2012

Se aprobó en el Senado ley integral contra trata y tráfico de personas

PS (4-07-12).- En sesión ordinaria, la Cámara de Senadores aprobó en su estación en grande, la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas. El objeto de esta ley es combatir la trata y tráfico de personas y los delitos conexos, garantizar los derechos fundamentales de las víctimas a través de la consolidación de medidas y mecanismos de prevención, protección, atención, persecución y sanción penal de estos delitos.

El Senador René Martínez manifestó que esta Ley es un mecanismo efectivo de control y prevención contra el aumento de este delito que conmociona a la sociedad boliviana por la violencia que ha adquirido en los últimos tiempos.

La trata de personas es una forma de esclavitud moderna, una violación de los derechos humanos que constituye un delito contra la persona y el Estado, sus víctimas más frecuentes son mujeres y niños.

Por trata de personas se entiende la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación (sexual, laboral y prácticas esclavizantes, extracción de órganos).

La trata de personas es un problema mundial que trasciende las fronteras nacionales. Por consiguiente, a menudo es un delito transnacional, de carácter análogo al tráfico internacional de drogas y de armas.

La Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas señala las siguientes actividades como prácticas comunes referidas al delito de trata y tráfico: abuso de una situación de vulnerabilidad, explotación, servidumbre, servidumbre por deudas, servidumbre costumbrista, matrimonio servil, guarda y adopción ilegal, trabajo forzoso, amenaza, turismo sexual y mendicidad forzada.

Mediante esta Ley se creará el Consejo Plurinacional contra la Trata y Tráfico de Persona y los respectivos Consejos Departamentales contra la Trata y Tráfico de Personas que efectivizarán estrategias de control y prevención contra este delito.

En Bolivia, el Observatorio de Trata de Personas de Bolivia ha estimado que en lo que va del primer trimestre del 2012, la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen ha registrado, a nivel nacional, 94 casos de delitos de trata y tráfico de personas; el año 2011 registró un cifra de 284 casos de atendidos y el año 2010 atendió 336 casos.

El nivel central y las entidades territoriales autónomas realizarán las modificaciones presupuestarias correspondientes para la implementación de la presente Ley, cuyos reglamentos serán elaborados en un plazo no mayor de noventa días, a partir de su publicación.

Fuente: Prensa Senado

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